Tratamiento No Domiciliados
Análisis de riesgos: Meta & TikTok Ads y optimización de esquema intermediario.
LIR ART. 9 i)
Servicios digitales usados en Perú = Renta de fuente peruana.
LIR ART. 56 j)
Retención fija: 30% para no domiciliados.
D. LEG. 1623 (AGO-2024)
IGV plataformas: WAMA es B2B, aplica retención directa y pago de IGV.
INF. 000046-2025
SUNAT: Publicidad automatizada SÍ es servicio digital gravado.
Principales contingencias halladas:
Se pagó el 100% a Meta/TikTok sin retener el 30% de IR.
Impuesto del 18% no autoliquidado mensualmente.
El IR que WAMA asuma NO es deducible (Art. 47 LIR).
Análisis de eficiencia fiscal por esquema:
| Mes | Invoice (Base) | Imp. Regular | Costo Prov. |
|---|
La comparativa demuestra que el esquema Proveedor genera un ahorro directo en flujo de caja y permite la deducibilidad plena.
S/ 192,898
Monto sin Intereses (TIM)
TRIBUTOS
S/ 128,599
MULTAS
S/ 64,299
Si regularizamos voluntariamente, la multa se reduce en un 95%.
Presentar PDT 617 y pagar IGV (1041) de periodos 2025-2026. Aplicar gradualidad inmediata.
Firmar contrato con proveedor local bajo supervisión de CPC Luis C.
Asegurar flujo documentario: Factura electrónica + Detracción + Medio de Pago.